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En la Constitución Política de la República del Ecuador, del 2008, Sección quinta: Niños, niñas y adolescentes, el Art. 46 dice: “Las niñas, los niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción”.
Este artículo establece que: