Respeto, diversidad y tolerancia
El artículo 17 de la Constitución de la República establece que el Estado garantizará a todos sus habitantes, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio y el goce de los derechos humanos establecidos en esta Constitución y en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes. Adoptará, mediante planes y programas permanentes y periódicos, medidas para el efectivo goce de estos derechos.
Seleccione los enunciados que forman parte de las políticas que se relacionan con la inclusión, igualdad y equidad de la diversidad cultural que forman parte de la Constitución.